jueves, 6 de marzo de 2014

Beneficios de las alianzas tecnológicas y convenios de transmisión de la tecnología

Instituto Tecnológico Superior de Salvatierra

Docente: Maribel Ramos Aguilar
Materia: La Tecnología y su entorno
Tema: Beneficios de las alianzas tecnológicas y convenios de transmisión de la tecnología
Carrera: Ingeniería en Gestión Empresarial
Integrantes:
·      María de los Ángeles García Muñoz
·      María del Refugio Mendoza Rico
·      Nancy Yasmin Gallardo Ruiz
·      Rosa María  Vázquez Becerra

Grado: Semestre   Grupo: C 




Beneficios de las alianzas tecnológicas y convenios de transmisión de la tecnología

La transferencia de tecnología de acuerdo al “Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI)” menciona que una forma por el que alguien que desarrolla tecnología dispone a un tercero para que la explote y este tercero puede ser un socio comercial o un tercero extraño. Es importante tener en cuenta que la transferencia implica una negociación que delimitará los derechos y deberes entre quienes realizan el negocio.

La Ingeniero Román define que Las Alianzas Tecnológicas son "acuerdos cooperativos en los que dos o más empresas se unen para lograr Ventajas Competitivas, que no alcanzarían por sí mismas a corto plazo sin gran esfuerzo".  Por lo cual se entiende que las alianzas tecnológicas son indispensables entre las organizaciones porque se necesitan unas a otras para llevar acabo la aplicación de un fin en común orientados a alcanzar sus objetivos.
Las ventajas que se menciona son:

  • Sinergias al combinar lo mejor de las partes.
  • Operaciones más rápidas.
  • Aprovechar mayores oportunidades al consolidar oferta y compartir riesgos.
  • Transferencia de tecnología, para mejorar ventajas competitivas.
  • Amarrar a competidores en sus mercados.
  • Ventas, acceso a nuevos mercados y canales de distribución.
  • Contacto más directo con los clientes.
  • Aportaciones de capital para desarrollo de mercados y/o tecnologías.

Lo que expresan estas ventajas es, que las organizaciones se vuelvan más competitivas generando oportunidades de negocio, facilitando los canales de distribución, el contacto directo con los clientes beneficiando ambas partes y sobre todo que las operaciones resulten más eficientes.
(Núñez).
Fernández comenta que a través de los cambios organizativos, las empresas intentan generar competencias que refuercen su capacidad tecnológica e innovadora, así como su potencial competitivo.
Lo que menciona la autora, es que en las empresas su principal objetivo es ser competitivas y para esto es importante reflejar que es necesario de adquirir tecnología para subsistir y sobre todo alcanzar el éxito deseado.
(Fernandez, 1999).
Los beneficios según la Ingeniero Núñez son:
Contar con empresas exportadoras se debe de disponer más proveedores así como aumentar sus niveles de calidad, contar con insumos y partes a precios competitivos de igual manera una mayor cercanía y contacto con proveedores optimizando los requerimientos de capital del trabajo.
Los proveedores deben de contar con el acceso a financiamiento, utilizando su capacidad instalada se refiere al volumen de producción que se puede obtener con los recursos disponibles de una compañía en determinado momento (recursos como dinero, equipos, personal, instalaciones, etc.). Teniendo una asistencia técnica como es la integración a la cadena de exportación, ventas a través de pedidos en firme o contratos.
En exportación es el incremento del contenido nacional de las exportaciones, el incremento de la competitividad de exportadores y el fortalecimiento de la cadena productiva orientada a la exportación.
(Núñez)



Convenios de Transferencia tecnológica
¿Qué es un convenio?
La Facultad de Agronomía menciona que es un acuerdo de voluntades, oral o escrito, entre partes, que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser obligadas, es decir, es una unión entre ambas partes, que tiene como obligación ser efectuada. 
Los convenios que se pactan con la Facultad tienen las siguientes características:
De forma escrita son formalizados por medios de documentos escritos indicando las condiciones del convenio, las bilaterales crea obligaciones entre ambas partes y las consensuales se perfeccionan por el solo consentimiento.
Los tipos de convenios que se firman con la Facultad nos dice que son:
Se entiende como convenios generales a los acuerdos de tipo global entre un tercero a través de sus dependencias, que pueda llevar a cabo estudios, investigaciones, desarrollos o tareas de transferencia cuya ejecución se instrumentará mediante actos individuales para cada actividad concreta.
Se entiende por convenios específicos a los emprendimientos entre un tercero y la Facultad dirigidos a ésta, a través de sus dependencias, a término en un plazo no mayor de dos años, estudios, investigaciones, desarrollos o tareas de transferencia de conocimientos tecnológicos.
Se entiende por convenios de servicios a terceros la realización de mediciones, análisis, evaluaciones, etc., sin que la realización de dichas tareas afecte los planes de actividades previstas.
En cuanto a la documentación que se requiere para la empresa menciona las siguientes:
Para la empresa:

  •  Personalidad jurídica: estatutos sociales, reglamento, CUIT.
  • Capacidad legal del firmemente designación y/o poder que faculte al firmemente a obligar a la persona jurídica.
  • Inscripción como persona jurídica: inscripción en IGJ.
  • Inscripción como persona contribuyente: inscripción en AFIP.
  • Nómina de autoridades: actualizada a la fecha de firma del convenio.
  • Ultima acta de asamblea : solo para el caso de designaciones, con el fin de demostrar la vigencia de la designación.


Para personas físicas:

  • Personería: Documento Nacional de Identidad o equivalente.
  • Inscripción como contribuyente: Inscripción en AFIP.
  • Inscripción como monotributista, o en ingresos brutos.

Los aspectos legales que menciona que se deben de cumplir para suscribir un convenio con la facultad son:

  • Al firmar un convenio con la Facultad deben cumplir los requisitos siguientes:
  • Ser persona capaz y plena, en el ejercicio de sus facultades.
  • No estar inhibida para este tipo de acto.
  • No figurar en el veraz o equivalente.
  • Cumplir en tiempo y forma con la entrega de copia certificada de la documentación requerida para cada caso.
  • Cumplir con las reglamentaciones propias de la materia.
(Universidad de Buenos Aires).


Bibliografía

Universidad de Buenos Aires, Argentina U. d. (s.f.). Convenios y Transferencia de Tecnología. Obtenido de http://www.agro.uba.ar/convenios

Fernandez Rodriguez, Ma. Celia. (1999). Alianzas estratégicas de caracter tecnologico. Obtenido de http://www.minetur.gob.es/Publicaciones/Publicacionesperiodicas/EconomiaIndustrial/RevistaEconomiaIndustrial/330/07mcfe.pdf

Núñez Román Ma. de la Luz Ing. (s.f.). Alianzas estrategicas: la mejor opcion para tu empresa. Obtenido de http://www.liderempresarial.com/num103/7.php


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